APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2017




Promulgación: 01/02/2017
Publicación: 16/02/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   La escala general de remuneraciones por ocho horas diarias efectivas de labor (cuarenta horas semanales) a valores de enero 2016, es la siguiente:

GRADO
SUELDO BASICO 8 HORAS EFECTIVAS DE LABOR
23
22
21
20
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
233.909
194.926
142.944
120.049
111.159
105.866
100.824
87.095
82.164
77.515
73.128
68.343
64.474
60.822
57.653
54.649
51.798
49.100
46.539
44.113
41.813
39.633
33.630
Los otros regímenes horarios serán proporcionales a la escala definida en el presente artículo.
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