MODIFICACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 216/024, RELATIVO A LA EXHORTACION A UTE A AMPLIAR LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ENERGIA ELECTRICA ASOCIADOS A CENTRALES GENERADORAS QUE LA PRODUZCAN A PARTIR DE BIOMASA
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Artículo 2
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) en el marco de lo dispuesto por el artículo 483 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 319 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, a realizar los procedimientos competitivos de contratación a efectos de adjudicar contratos especiales de compraventa de energía eléctrica asociados a centrales generadoras que la produzcan a partir de biomasa en el territorio nacional, incluyendo a las centrales generadoras de biomasa autónomas, conforme a las condiciones dispuestas en el Decreto N° 267/022, de 24 de agosto de 2022, en la redacción dada por el Decreto N° 371/023, de 22 de noviembre de 2023.