Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la ejecución presupuestal 1982 de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Resultando: que las partidas presupuestales autorizadas por decreto 222/982 de 30 de junio de 1982, y 52/983 de 23 de febrero de 1983 resultaron insuficientes para cubrir las erogaciones producidas.
Considerando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha emitido su informe, y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA: