TRANSFORMACION DE CARGOS EN LA ANP




Promulgación: 28/07/1999
Publicación: 05/08/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 162
VISTO: que por Decreto Nro. 3/994 del 7 de enero de 1994 se aprobó la
asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los
funcionarios de la Administración Nacional de Puertos.

RESULTANDO: I) Que por resolución Nro. 362/3109 de fecha 16 de junio de
1998, el Directorio de dicha Administración y ante la gestión realizada
por la División Operaciones Portuarias en relación a la situación
funcional del funcionario Sr. Luis Laborde, resolvió propiciar ante el
Poder Ejecutivo la transformación de 1 (un) cargo de Ayudante de Servicio
I Nivel 1 del Renglón 2311.7 Personal de Servicio en un cargo de Operador
de Servicio Nivel 1 del Renglón 2311.4- Personal Especializado
Portuario.

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al expedirse al
respecto, manifiesta las siguientes consideraciones: a) que la Sección
Planificación Presupuestaria de la Administración Nacional de Puertos
informa con fecha 7 de mayo de 1999, que por aplicación del artículo 8º
del Decreto Nro. 302/98 del 28 de octubre de 1998 (aprobatorio del
Presupuesto 1999 de la referida Administración) el Directorio puede
efectuar transformaciones de cargos y funciones que no supongan
incrementos de gastos, previo informe de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, a efectos de adecuar la estructura de cargos a las reales
necesidades de la Empresa. Asimismo, destaca que por la equivalencia de
los precios de sueldo básico, el cargo de Ayudante Servicio I - Nivel 1-
del Renglón 1311.7- 2311.7- Personal de Servicio se corresponde con el
cargo de Operador de Servicio- Nivel 1- del Renglón 1311.4- 2311.4
Personal Especializado Portuario más la correspondiente diferencia de
sueldo que se genera; b) que de acuerdo a lo expuesto se sugiere aprobar
las actuaciones de la Administración Nacional de Puertos referente a la
solicitada transformación de cargo, la que podrá ser puesta en práctica a
partir de la fecha de vigencia de la aplicación del Decreto Nro. 302/998
del 28 de octubre de 1998, esto es, el 1ro. de enero de 1999.

III) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas al ser consultado al respecto expresa que podría aprobarse la
transformación solicitada, dado que la misma encuadra en lo previsto en
el Artº. 8º del Decreto Nº 302/98 que aprueba el Presupuesto Operativo y
de Inversiones de la Administración Nacional de Puertos para el año 1999,
por el cual el Directorio puede efectuar transformaciones de cargos y
funciones, que no supongan incrementos de gastos previo informe de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la cual se expidió
favorablemente.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase el Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994, por el que
se aprobó la asignación de cargos presupuestados y funciones contratadas
de los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos y ante la
gestión formulada por la División Operaciones Portuarias de dicha
Administración en relación a la situación funcional del funcionario Sr.
Luis Laborde estableciéndose que un cargo de Ayudante de Servicio I Nivel
1 del Renglón 2311.7 Personal de Servicio, debe entenderse transformado
en un cargo de Operador de Servicio Nivel 1 del Renglón 2311.4 Personal
Especializado Portuario.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES
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