Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de julio de 2012 y el
30 de setiembre de 2012, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a
las enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3° del Decreto
N° 114/012 de 16 de abril de 2012.-
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 327/012 de 12/10/2012 artículo 3.