TITULO I - NORMAS GENERALES CAPITULO II - PRINCIPIOS VINCULADOS CON EL ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Artículo 10
Principio de oportunidad.- Los sujetos obligados deberán entregar la
respuesta acorde a la solicitud que se hubiera efectuado en tiempo y
forma, dando cumplimiento a los plazos establecidos en la Ley y en el
presente reglamento.