El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias, por la cual da cuenta de la solicitud presentada por parte de la Empresa "Puerta del Sur S.A." (Contratista del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso"), relativa a la actualización de los valores monetarios a que refiere el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del A.I.C., a fin de aprobar el nuevo Indice Global (IG) y proceder a la actualización de los precios del Anexo F, canon mínimo y Unidad de Trabajo previstos en dicho Régimen.
RESULTANDO: I) que el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, establece que el Poder Ejecutivo anualmente podrá autorizar la actualización de los precios del Anexo F y del canon del numeral 4.7 del citado Régimen de conformidad con las variaciones de los índices que se individualizan en la citada previsión contractual.
II) que con fecha 19 de setiembre de 2016 la Empresa Puerta del Sur S.A. formalmente presentó ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, creada por el Decreto 376/002 mencionado, su propuesta de fijación del nuevo valor del Indice Global (IG), entendiendo que debe fijarse el mismo en 1,04321.
III) que se ha expedido la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias en relación a la propuesta presentada por la citada Empresa, en el sentido de aconsejar aprobar el Indice Global en 1,04321, indicando que deberá tenerse en cuenta el plazo de 30 días para aprobar formalmente la propuesta formulada ya que en caso contrario se dará por aprobada la misma, estimando a su vez que corresponde proceder a la aprobación de los nuevos valores de los precios del Anexo F, Unidad de Trabajo y del canon del numeral 4.7 del Régimen de Gestión Integral.
IV) que se confirió vista a la Empresa Puerta del Sur S.A., quien no realizó observaciones al Indice Global (IG) fijado por la Unidad de Control referida.
V) que la mencionada Empresa notificó que, en virtud de la facultad prevista en el punto 4.13 del citado Régimen de Gestión Integral, los nuevos valores monetarios de las tarifas que se ven alcanzadas por la modificación del Indice Global (IG) entraron en vigencia el día primero de febrero de 2017, fecha en la que efectivamente se actualizaron dichas tarifas.
CONSIDERANDO: que en atención a la facultad prevista en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral y sin perjuicio de la aprobación tácita que se produjo, igualmente se estima oportuno en esta instancia proceder a ratificar la actualización del Indice Global (IG), actualizando los precios previstos en el Anexo F, así como el valor de la Unidad de Trabajo y canon mínimo previsto por el numeral 4.7 del referido Régimen, los que entraron en vigencia el día primero de febrero de 2017.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Ratificar el nuevo valor del Indice Global (IG) previsto en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso" aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, el que queda establecido en 1,04321.
Establecer que los nuevos valores de los precios previstos en el Anexo F "Cuadro de Precios" del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso", calculados por la aplicación del Indice Global fijado por el numeral anterior, de acuerdo con el cuadro de precios que se anexa (*) al presente Decreto y que se considera parte integrante del mismo, entraron en vigencia con fecha 1ro. de febrero de 2017.
Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias para la notificación a la interesada. Cumplido, archívese.