INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL DE LA RESOLUCION 46/20 DEL GRUPO MERCADO COMUN QUE APRUEBA UN SISTEMA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE LOS CUPOS DE IMPORTACIÓN




Promulgación: 21/07/2021
Publicación: 27/07/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común N° 46/20, de 26 de enero de 2021;

   RESULTANDO: que dicha Resolución establece y aprueba un sistema de administración y control de los cupos otorgados por el MERCOSUR a terceros países o grupos de países para su aplicación a las importaciones de productos originarios de dichos países o grupos de países con destino al MERCOSUR (SACIM);

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, incorporar al ordenamiento jurídico nacional la referida Resolución del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución N° 46/20, de 26 de enero de 2021, del Grupo Mercado Común cuyo texto se anexa (*) como parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   Comuníquese a la Secretaría del Mercosur, publíquese, archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FRANCISCO BUSTILLO - OMAR PAGANINI - FERNANDO MATTOS
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