REGLAMENTACION DE LA LEY 19.313 RELATIVA A LA REGULACION DEL TRABAJO NOCTURNO




Promulgación: 31/08/2015
Publicación: 09/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.313 de 13/02/2015.

CAPÍTULO III - DURACIÓN DEL TRABAJO Y BASE DE CÁLCULO DE LA COMPENSACIÓN

Artículo 9

   (Cómputo del trabajo nocturno)
   Una vez que se superen las cinco horas consecutivas de labor en el lapso de 22 a 6 hs, se aplicará la sobretasa del 20% sobre todo el tiempo trabajado en el rango horario referido.
   A estos efectos, el tiempo de descanso en la jornada continua se considera trabajo nocturno si se cumple en el horario señalado precedentemente.
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