Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupusto Operativo de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado, correspondiente al Ejercicio 1989.
Resultando: I) Que por decreto 801/988, de 23 de noviembre de 1988, aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987 - febrero 1988;
II) Que el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado otorgó a sus funcionarios aumentos salariales del 13.0/, 16.3% y 20.0% con vigencia 1° de marzo, 1° de julio y 1° de noviembre de 1988 respectivamente, recogiendo asimismo las variaciones del Salario Minímo Nacional para aquellos beneficios sociales que evolucionan con éste;
III) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1° y 4° del citado decreto, ajustar las partidas de gastos tanto funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones nivel general de precios y tipo de cambio a diciembre de 1988.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de Administración de Ferrocarriles del Estado correspondientes al Ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:
N$ N$
I - RECURSOS 14:267.510
----------
A. Ingresos Corrientes 12:871.931
1. Ingresos por Venta de Servicios 4:705.197
- Ing. por Ss. típicos de la
actividad 4.222:148.000
- Ing. por Ss. no típicos de
la actividad 483:049.000
-------------
2. Transferencias del Gob. Central 8:030.365
- Por operac. corrientes 7.360:978.000
- Por servicio de deuda 669:387.000
-------------
3. Rentas de la Propiedad 47.339
- Intereses 21:095.000
- Alq. de equipos y edificios 26:244.000
-------------
4. Otros Ingresos Corrientes 89:080.000
----------
B. Ingresos de Capital 1.395:579.000
1. Transferencias del Gob. Central 1.395:579.000
-------------
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 17.048:966.000
--------------
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Servs. Personales 10.839:534.000
011311 Sueldos básicos Cargos Ptados. 2.988:415.000
011315 Diferencia p/subrogación 122:060.000
011319 Difer. por reest. presupuestados 3:596.000
019311 Sueldo anual complementario 377:858.000
021321 Sueldos básicos pers. contrat. 3.445:389.000
021325 Diferencia p/subrogación 111:273.000
021329 Difer. por reest. contratados 908.000
029321 Sueldo anual complementario 396:177.000
05 Honorarios48:824.000
061311 Horas Extras cargos presupuestados 366:274.000
061321 Horas Extras cargos contratados 299:378.000
061312 Cambio Res. Habitual cargos presup.716:003.000
-----------
* Desplazamiento 702:567.000
* Olla 13:436.000
061322 Cambio Res. Habitual cargos
contrat. 841:934.000
-----------
* Desplazamiento 753:937.000
* Olla 87:997.000
061314 Func. distintas cargos presupuest. 50:149.000
061324 Fun. distintas cargos contratados 41:727.000
061315 Por Trabajo Noct. cargos presupuest.39:229.000
061325 Por Trabajo Noct. cargos contrata-
dos 50:149.000
061319 Comp. Congeladas cargos presupues
tados 5:400.000
061329 Comp. Congeladas cargos contratados 6:720.000
062301 Gastos de representación 2:767.000
062318 Pma. por Antigüedad cargos presu
puestados 587:247.000
062328 Pma. por Antigüedad cargos contra
tados 326:499.000
077311 Quebranto Caja cargos presupuestados 1:865.000
077321 Quebranto Caja cargos contratados 93.000
081311 Adelanto a cuenta cargos presupuest. 2:580.000
081321 Adelanto a cuenta cargos contratados 7:020.000
---------
2 Materiales y Suministros. 3.296:673.000
3 Servicios no Personales 1.011:750.000
4 Máquinas, Eq., y Mobiliario Nuevos 799:198.000
Rubro Denominación N$ N$
7 Subsidios y Otras Transferencias 1.101:811.000
751 Prima por Matrimonio 9:834.000
752 Hogar Constituido 740:239.000
753 Prima por Nacimiento 24:820.000
754 Prestaciones por Hijo 267:220.000
772 Prestac. por Accid. de Trabajo 52:456.000
781 Transferencias a Org. Internacionales 3:787.000
791 Tributos Nacionales 80.000
792 Tributos Municipales 3:375.000
-----------
III - OPERACIONES FINANCIERAS 2.389:360.000
Rubro Denominación N$ N$
8 Servicio de Deuda y Anticipos 2.389:360.000
IV) - INVERSIONES 6.603:456.000
-------------
Rubro Denominación N$ N$
2 Materiales y Suministros 863:566.000
3 Servicios no Personales 140:521.000
4 Máquinas, Eq., y Mobiliario Nuevos 1.516:357.000
6 Const., Mejoras y Reparac. Extraord. 4.083:012.000
.La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de diciembre de 1988.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 442,00 (nuevos pesos cuatrocientos cuarenta y dos) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de diciembre de 1988.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 235/989 de
17/05/1989.
Sustitúyanse las creaciones de cargos para personal restituido con la mención "cesa al vacar", que figuran en el artículo N° 5 del decreto 801/988 de 23 de noviembre de 1988, correspondientes al Programa 5, por las siguientes:
Cant. de cargos Grados
Programa 5. 1 9c
1 8b
Sustitúyanse las transformaciones de cargos por recomposición de carrera administrativa de personal restituido con la mención "al vacar" que figuran en el artículo 6 del decreto 801/988 del 23 de noviembre de 1988 correspondientes al Programa N° 2, por las siguientes:
Cant. de cargos Grado anterior Grado nuevo
Progr. 2 1 7d. 5d
2 3dc 2dc
2 5dc 2dc
2 5dc 3dc
1 5dc 4dc
1 11d 10d
Sustitúyanse las eliminaciones de cargos al vacar por redistribución que figuran en el artículo 10 del decreto 801/988 del 23 de noviembre de 1988, correspondiente al Programa N° 1, por las siguientes:
Cant. de cargos Grados
Programa 1 7c
1 9c
6 10c
2 11c
1 8t
7 9t
5 10t
38 11t
1 10d
3 12d
2 3de
2 4de
3 5de
19 6de
3 2dg
8 3dg
6 4dg
17 5dg
1 3f
1 4f
8 5f
1 6f
Sustitúyense las denominaciones de cargos de los grados 17, 16 y 15; que figuran en el artículo 12 (escala de sueldos) del decreto 801/988 de 23 de noviembre de 1988, por las siguientes:
Grados Sueldos Nov. 87 N$
5T, 7F, 6C, 9FR, 5B, 7B 17 49,5
6DE, 7D, 6DC, 6F, 8FR, 4B, 6B 16 48,9
6D, 5DG, 5C, 4T, 7FR, 3B, 5B 15 47,4