APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2001




Promulgación: 25/06/2001
Publicación: 02/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1817

Artículo 56

 El Banco deberá cursar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 30 
de marzo de 2001, el detalle de los cargos a eliminar por las vacantes 
que se generen en el período 1º de junio de 2000 al 31 de diciembre de 
2000, a efectos de reducir los rubros de Mano de Obra correspondientes. 
Dicha reducción se efectuará atendiendo las instrucciones de la O.P.P. en 
la medida que no afecte la capacidad operativa del Instituto. De resultar 
necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por tratarse de 
cargos absolutamente imprescindibles, se suprimirán las partidas 
equivalentes.
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