REGLAMENTACION DEL IMPUESTO AL GAS OIL. IMPUESTO A LA CIRCULACION DE VEHICULOS TERRESTRES CON MOTOR GASOLERO




Promulgación: 28/06/1995
Publicación: 10/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 582
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Los funcionarios inspectores de la Dirección Nacional de Transporte y
los servicios policiales especiales dependientes del Ministerio del
Interior, controlarán el pago de este tributo estando facultados para
detener los vehículos y solicitar la constancia de dicho pago. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14.
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