CREACION DEL GABINETE SOCIAL




Promulgación: 25/07/2005
Publicación: 28/07/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 355
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Para la instrumentación y ejecución de los acuerdos y resoluciones
alcanzados a nivel de Gabinete Social, los Ministros contarán con la
asistencia de un Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales,
que estará constituido por representantes de los Ministerios involucrados
y será presidido por el Director de Políticas Sociales del Ministerio de
Desarrollo Social.
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