El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones en los artículos 276 y 320 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015.
RESULTANDO: que en el artículo 276, de la Ley de Presupuesto 2015-2019, no se incluyó la Serie del cargo que se crea y se detectaron errores de Denominación y Serie en algunos cargos creados por el artículo 320 de la mencionada Ley.
CONSIDERANDO: que el artículo 4° de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las correcciones de los errores u omisiones que se comprueben en el Presupuesto Nacional, debiendo dar cuenta previamente a la Asamblea General, quien dispone de un plazo de quince días para expedirse al respecto.
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y al no haberse expedido en contrario la Asamblea General,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese que la Serie del cargo creado por el artículo 276 de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015, será "Profesional Universitario".