VISTO: el proyecto de Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay correspondiente al ejercicio 2021; CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen; ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay para el ejercicio 2021 de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
CONCEPTO |
MONTO EN PESOS |
1.- INGRESOS |
40.353.079.210 |
2.- EGRESOS |
32.544.169.886 |
2.1.- Egresos Operativos |
27.274.715.300 |
2.1.1.- Mano de Obra |
11.043.047.773 |
2.1.2.- Bienes y Servicios |
16.231.667.527 |
2.2.- Operaciones Financieras |
1.512.983.212 |
2.3.- Inversiones |
867.670.250 |
2.4.- Versión de Resultados |
2.888.801.124 |
3.- SUPERÁVIT / DEFICIT PRESUPUESTAL. |
7.808.909.324 |
4. VARIACIÓN DE DEPÓSITOS |
21.045.600.000 |
5. VARIACIÓN DE COLOCACIONES. |
27.274.111.884 |
6. RESULTADO OPERAC. BANCARIAS. |
-6.228.511.884 |
7.- RESULTADO GLOBAL. |
1.580.397.440 |
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 22.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHEAyuda