Derogada/o por: Decreto Nº 53/001 de 22/02/2001 artículo 2.
VISTO: el régimen de venta de bienes a turistas establecido por los
Decretos Nos. 320/993, de 7 de julio de 1993 y 367/995, de 4 de octubre
de 1995.-
RESULTANDO: que en el marco de este sistema de comercialización, se ha
establecido un régimen diferencial para la determinación del Impuesto
Específico Interno (IMESI) correspondiente a la primera enajenación de
cigarrillos nacionales realizada a las empresas habilitadas a operar en
el mismo.-
CONSIDERANDO: necesario modificar el referido régimen diferencial, a
efectos de lograr un adecuado equilibrio entre las necesidades de
contralor y los objetivos de promoción a la industria nacional.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 237/999 de 30/07/1999 artículo 1.