APROBACION DEL COMPROMISO DE GESTION RELATIVO AL PERSONAL TECNICO NO MEDICO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. ENERO - DICIEMBRE 2016
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 262.
VISTO: las disposiciones establecidas por el artículo 262 de la Ley 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010, por los artículos 57 y siguientes de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto 163/014 de 4 de junio de 2014.
RESULTANDOS: I) que por los citados textos legales se dispuso la creación de una compensación económica mensual en el Ministerio del Interior por "Compromiso de Gestión", para el personal técnico no médico de los servicios de salud.
II) que el informe sobre las metas comprometidas por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2016 elaborado por el Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal de dicha Secretaría de Estado fue validado por la Comisión de Compromisos de Gestión, que se anexa al presente Decreto y forma parte del mismo
CONSIDERANDOS: I) que las metas referidas en el Resultando II fueron avaladas por la Comisión de Compromisos de Gestión integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con fecha 17 de mayo de 2016.
II) que corresponde aprobar el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2016.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, artículo 262 de la Ley 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010, artículos 57 y siguientes de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto 163/014 de 4 de junio de 2014.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
APRUÉBASE el Compromiso de Gestión respecto del personal Técnico no médico de los Servicios de Salud del Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2016 que luce en el Anexo (*) adjunto y que forma parte integrante del presente Decreto.