EMISION DE NOTAS DE TESORERIA EN UNIDADES INDEXADAS




Promulgación: 22/07/2021
Publicación: 28/07/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la conveniencia de emitir Títulos de Deuda Pública en Unidades Indexadas (UI), Unidades Previsionales (UP) y en Pesos Uruguayos ($U);

   CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local;

   ATENTO: a lo informado por la Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 696 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UI 8.000:000.000 (Unidades Indexadas ocho mil millones) en los plazos de 2 (dos) a 25 (veinticinco) años; de UP 30.000:000.000 (Unidades Previsionales treinta mil millones) en los plazos de 2 (dos) a 30 (treinta) años; y de $U 35.000:000.000 (Pesos Uruguayos treinta y cinco mil millones) en los plazos de 2 (dos) a 10 (diez) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.

   La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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