PREVIENE LA CAZA ILEGAL DE PINNIPEDIOS Y CETACEOS




Promulgación: 02/09/1998
Publicación: 10/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 420
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Para aquellos casos especialmente exceptuados, de acuerdo con lo
establecido en el Art. 4 precedente, para el traslado, mantenimiento o
albergue en cautiverio de ejemplares vivos, tanto de origen nacional como
extranjero, se deberá cumplir con las normas y requisitos que el Instituto
Nacional de Pesca disponga a esos efectos. Dicho Instituto propondrá las
medidas complementarias que se entiendan necesarias para la mejor
aplicación del presente Reglamento.
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