DECLARACION DE PRODUCTOS A BASE DE CARNE VACUNA Y OVINA COMO PRODUCTOS DE EXPORTACION NO TRADICIONAL




Promulgación: 03/05/1978
Publicación: 09/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 735
Referencias a toda la norma
Visto: la gestión promovida por Montseny S.A., solicitando se declare que
ciertos productos que elabora, a base de carne vacuna y ovina con
condimentos, se consideren exportación no tradicional.

Resultando: dado que los alimentos de que se trata no se han producido ni
exportado anteriormente, pueden considerarse de hecho productos de
exportación no tradicional.

Considerando: que es conveniente declarar que los productos detallados por
Montseny S.A., son exportaciones no tradicionales.

Atento: a lo informado por la Asesoría Técnica Economía del Ministerio de
Industria y Energía, la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas y
del Banco Central del Uruguay y a lo dispuesto por el decreto 756/968 de
18 de diciembre de 1968,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 Decláranse comprendidos en la definición del artículo 2º del decreto
756/968 de 18 de diciembre de 1968, las exportaciones de Kastler Mutton
fillet, Calf Liver Carre, Mutton Liver Carre, Tarm Mis Mutton Mince,
Canadian Mutton Leg, Canadian Beef Ver Canadian Beef Glor, Canadian Beef
Turs, Canadian Beef Neg, Canadian Beef But, Canadian Beef Tender y
Canadian Beef Boch.

MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI
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