FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A. JULIO 2004




Promulgación: 14/07/2004
Publicación: 20/07/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 112
   VISTO: la solicitud de Gasoducto Cruz del Sur S.A., tendiente a 
aprobar los cuadros tarifarios para transporte firme e interrumpible de 
gas, por el período 1º de julio - 31 de diciembre de 2004.

   RESULTANDO: que conforme a lo establecido en el Anexo "C 3" del 
contrato de concesión celebrado el día 22 de marzo de 1999 entre el
Estado y la empresa, dichos ajustes son determinados en base a la 
variación ocurrida en el valor del Indice de Precios del Productor (IPP) 
publicado periódicamente por la Oficina de Estadísticas del Trabajo de 
los Estados Unidos de América.

   CONSIDERANDO: que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua 
(URSEA) creada por Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, y la 
Dirección Nacional de Energía, no han opuesto reparos a la modificación 
tarifaria propuesta.

   ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la 
Constitución de la República.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

   Apruébanse los cuadros tarifarios a regir por el período 1º de julio - 
31 de diciembre de 2004 por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A., para transporte firme e interrumpible de gas, los cuales forman parte del presente decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (cuadros tarifarios).

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.


BATLLE - JOSE VILLAR


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