Compleméntanse las disposiciones establecidas por Decreto Nº 557/966
por el cual se exoneró del pago de recargos y depósitos previos a la
importación de automóviles con destino a la prestación del servicio de transporte de personas en alquiler, mediante compensación sistema
taxímetro u otros, de acuerdo con las concesiones otorgadas por los
Concejos Departamentales.