Mandatarios. En los casos en que la comercialización de bienes gravados
se realice por intermedio de rematadores, consignatarios u otros
mandatarios, éstos deberán suministrar al agente de retención los datos
necesarios para la identificación del contribuyente.
Asimismo dejarán constancia en su liquidación de venta y líquido producto
de la retención operada, identificando al agente de retención.