VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras
y de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización correspondiente al
ejercicio 1998.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el Artículo 221 de la Constitución de la
República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto
Nacional de Colonización correspondientes al ejercicio 1998, de acuerdo
con el siguiente detalle:
I - INGRESOS $ $ 109:485.000
I. INGRESOS CORRIENTES 50:786.000
- Rentas de Activos Realizables. 44:055.000
- Renta de Activos Financieros. 6:419.000
- Transferencias Sector Privado. 312.000
II. INGRESOS DE CAPITAL 58:699.000
- Venta de Fracciones. 9:450.000
- Cuotas de Amortización. 1:319.000
- Tierras Forestales. 20.530.000
- Cuota Amort. Deudas Refinanc. 1:400.000
- Venta de Vehículos. 900.000
- Financiación Proveedores. 900.000
- Préstamo Compra Tierra 16:200.000
- Financiación Forestación 0
- Subsidio Ley Forestal 0
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 58:100.444
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES 32:469.327
011311.1 - Directorio. 1:255.404
- Gerente General. 305.691
- Secretario Directorio. 257.424
011311.2 Personal Presupuestado Redist. 482.496
011318 Aumento Mayo/92. presupuestados. 18.816
019311 Sueldo anual complementario. 272.798
021321 Sueldos básicos contratados. 13:726.392
021327 Diferencia de sueldos 1:354.248
021328 Aumento Mayo/92 contratados. 314.496
028 40% Retiros. 474.312
029321 Suelo anual comp. contrat. 2:074.972
036331 Retrib. jornaleros y destaj. 596.652
036338 Aumento Mayo/92 jornaleros. 31.668
039331 Sueldo Anual compl jorn y dest. 54.494
061303.1 Prima la eficiencia presup. 44.076
061303.2 Prima a la eficiencia contrat. 681.168
061304 Func. Distintas Presupuestados. 0
061304 Func. Distintas Contratados. 1:136.328
061318 Redistrib. func. permanentes. 74.076
061321 Horas extra contratados. 323.148
061328 Redistrb. Func. contratados. 39.792
062311 Gastos de Representación. 424.188
062318 Prima por Antigüedad ptdos. 68.352
062328 Prima por Antigüedad ctdos. 1:010.688
0623338 Prima por Antigüedad jornal. 29.568
063.1 Compensación Aliment. presup. 358.464
063.2 Compensación Aliment. ctdos. 5:864.352
077 Quebranto de caja. 85.764
098 Productividad. 1:109.500
1 CARGAS LEGALES S/SERV. PERSONALES 8:792.186
111 Aporte Patronal Jubilatorio. 8:128.624
123 Aporte Patronal al F.N.V. 331.781
131 Impuesto a las Retrib. Person. 331.781
2 MATERIALES Y SUMINISTROS. 1.996.250
3 SERVICIOS NO PERSONALES. 6.456.946
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS. 6:035.804
729 Transf. a Product. Privados. 105.000
734 Subsidios a gob. departamentales 226.800
749 Transf. a inst. sin fines de lucro. 33.600
751 Prima por matrimonio. 44.784
752 Prima por Hogar Constituido. 518.400
753 Prima por nacimiento. 44.784
754 Prestaciones por Hijo. 220.416
773 Becas. 288.000
774 Contribución por Asist. Médica 2:958.120
779 Otros. 1:526.800
791 Tributos Nacionales. 64.200
792 Tributos Municipales. 4.900
III - OPERACIONES FINANCIERAS 2:096.335
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS.
83 Intereses de Deuda Interna. 1:890.735
85 Diferencia de cambio y otros. 39.200
86 Préstamos. 120.900
87 Devolución a Colonos. 45.500
9 ASIGNACIONES GLOBALES 253.596
IV - PLAN DE INVERSIONES. 49:617.500
RUBRO DENOMINACION $
2 MATERIALES Y SUMINISTROS. 1:750.500
3 SERVICIOS NO PERSONALES. 3:154.500
4 MAQ. EQUIPOS Y MOBILIARIOS NUEVOS. 5:272.200
5 TIERRAS, ED. Y OTROS ACT. PREEXIST. 31:864.600
6 CONS. MEJORAS Y REPARAC. EXTRAORD. 7.320.600
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 108.000
9 ASIGNACIONES GLOBALES 147.100
La apertura por proyectos, fuentes de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, están expresados a precios promedio de
enero 1997; e incluyen asimismo la Mano de Obra de la Inversión.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este Decreto.
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinarán en
concordancia con lo comunicado por Nota por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto con vigencia al mes de enero de 1997.
Las remuneraciones establecidas para los cargos de los Señores Gerente
General y Secretario de Directorio queda regulada en el 95% y el 80%
respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio,
excepto la del señor Presidente.