APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1998




Promulgación: 31/08/1998
Publicación: 16/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 10
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 394

Artículo 13

   El Ente podrá disponer de hasta 600 U.R. anuales por concepto de
Quebranto de Caja y reglamentará su aplicación afectándolo a aquellos
funcionarios que manejen dinero o valores asimilados por su naturaleza y
convertibilidad a efectivo en forma directa y permanente y proporcional al
tiempo en que ejerzan las funciones. Su valor se ajustará automáticamente
al momento de la ejecución.
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