(Tasa, monto imponible, contribuyente).- La tasa del impuesto será del
0.21 % (cero punto veintiuno por ciento).
El impuesto se aplicará sobre el valor FOB declarado de las
exportaciones detalladas en el artículo 21 de este Decreto.
Son contribuyentes las firmas exportadoras de los productos referidos
ut supra.