REGLAMENTACION DEL DERECHO DE HUELGA EN LA ACTIVIDAD PRIVADA




Promulgación: 15/06/1984
Publicación: 03/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 999
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.530 Declarada/o Nula/o de 27/03/1984.
   Visto: la ley 15.530, de 27 de marzo de 1984, referente al Derecho de
Huelga en la actividad privada.

   Considerando: que corresponde proceder a reglamentar la precitada ley
para su puesta en funcionamiento.

   Atento: a lo expuesto

                     El Presidente de la República

                                 DECRETA:

I) DEL DERECHO DE HUELGA

Artículo 1

  La huelga es un derecho gremial de los trabajadores de la actividad
privada. Debe responder a una reclamación de carácter profesional que
implique un conflicto colectivo de trabajo.

ALVAREZ - NESTOR J. BOLENTINI - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO -
ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUSTO M. ALONSO - JUAN BAUTISTA SCHROEDER -
FRANCISCO D. TOURREILLES - FILIBERTO GINZO GIL -  LUIS A. GIVOGRE - CARLOS
MATTOS MOGLIA - ENRIQUE V. FRIGERIO
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