REGLAMENTACION DEL DERECHO DE HUELGA EN LA ACTIVIDAD PRIVADA




Promulgación: 15/06/1984
Publicación: 03/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 999
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.530 Declarada/o Nula/o de 27/03/1984.

I) DEL DERECHO DE HUELGA

Artículo 2

  La huelga es la suspensión colectiva concertada y continua del trabajo
con abandono de los lugares de labor y fundada en una reclamación
profesional que afecta directa y colectivamente a los trabajadores de una
empresa o de un sector.

 Los conflictos individuales de trabajo serán resueltos por la Justicia
competente.
Ayuda