Los Comités Operativos se encargarán sustancialmente del diseño y
formulación de planes de acción en las áreas específicas para las que
hayan sido creados, los que serán sometidos a consideración de la
Comisión Coordinadora.
Podrán asimismo, a requerimiento de la Comisión, constituirse estructura
de apoyo y asesoramiento a entidades públicas y privadas.