FIJACION DE LAS COMPETENCIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 30/04/1980
Publicación: 03/06/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 827

Artículo 2

   En los casos que la Dirección General de la Seguridad Social
mantuviera, en forma expresa o tácita, los actos administrativos a que
alude el artículo precedente, se franqueará automáticamente el recurso
jerárquico ante el órgano conjunto integrado por los Ministros de Trabajo
y Seguridad Social y Justicia (Artículo 5º, decreto 409/977 de 13 de julio
de 1977), a efectos del agotamiento de la vía administrativa.
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