FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 13 SUBGRUPOS INDUSTRIA METALURGICA DIQUES VARADEROS Y ASTILLEROS. PERSONAL DE DIRECCION DE LA INDUSTRIA METALURGICA
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Establécese que el salario mínimo correspondiente al Capataz General o Jefe de Planta, será un 20% superior al de la categoría mayor de los capataces a sus órdenes.