Visto: el Proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa del
Inciso 25 -Consejo Nacional de Educación- elevado a consideración del
Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el Proyecto de
Reestructura de sus Servicios;
II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de derechos
funcionales y la partida utilizada no supera el tope legal.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 14.800 de 20 de junio
de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la Reestructura (no docente) y Racionalización
Administrativa de los Programas 1.01, Administración General; 1.02,
- Consejo de Educación Primaria, 1.03 - Consejo de Educación Secundaria,
Básica y Superior, y 1.04 - Consejo de Educación Técnico-Profesional
Superior del Inciso 25 -Consejo Nacional de Educación- en cuyo proyecto se encuentran incluidos los antecedentes respectivos.