AUTORIZACION PARA QUE EL FONDO COMPLEMENTARIO DE PREVISION SOCIAL DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA SEA ADMINISTRADO POR LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El referido Fondo deberá integrarse exclusivamente con la aportación
patronal de la totalidad de las empresas frigoríficas suscritoras del
referido convenio.