FIJACION DEL REGIMEN DE DEVOLUCION DE IMPUESTOS INDIRECTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 19/05/2008
Publicación: 26/05/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1174
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones
establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.

RESULTANDO: que el Decreto No. 230/007, de 29 de junio de 2007 que
modificó el régimen de devolución de tributos a partir de 1º de octubre de
2007, omitió en forma involuntaria los ítems arancelarios 1006.30.19.10 y
1006.30.29.10.

CONSIDERANDO: que corresponde fijar tasas de devolución para los referidos
ítems NCM a partir de la vigencia de la referida norma legal.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2.00% a las exportaciones
efectuadas por los ítems NCM 1006.30.19.10 y 1006.30.29.10, cuyos
embarques se hayan verificado a partir del 1º de octubre de 2007.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - DANIEL MARTINEZ - ERNESTO AGAZZI
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