Cuando como resultado de la implementación de programas de Calidad
Total se obtengan mejoras en los indicadores que se seleccionen y se den
cumplimiento a las metas y objetivos fijados para 1997, el Directorio
podrá abonar a sus funcionarios una compensación por dicho logro con el
tope del 20% del sueldo de la escala del Artículo 15 del funcionario que
se trate.