VISTO: lo dispuesto por el Decreto 197/000 de fecha 11 de julio de 2000;
RESULTANDO: que en el marco de las normas tendientes a abatir el gasto
público se dictó el precitado decreto que regula la adquisición y uso de
vehículos oficiales;
CONSIDERANDO: que conforme lo establece el artículo 377 de la Ley Nº
16.226 de 29 de octubre de 1991 los Ministros del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo quedan comprendidos en la exoneración prevista
en el inciso 4º del artículo 31 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de
1990 por lo que procede su inclusión en el artículo 6º del precitado
Decreto 197/000;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 197/000 de 11/07/2000
artículo 6 inciso 1º).
BATLLE - GUILLERMO STIRLING - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO - ANTONIO
MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - HORACIO
FERNANDEZ - GONZALO GONZALEZ - ALFONSO VARELA - OSCAR GOROSITO - JAIME
TROBO