DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LOS CENTROS DE SERVICIOS COMPARTIDOS




Promulgación: 01/09/2014
Publicación: 04/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 388

Artículo 3

 Personal. El porcentaje mínimo de personal constituido por ciudadanos
uruguayos previsto en el artículo anterior podrá ser reducido
transitoriamente previa autorización del Poder Ejecutivo, atendiendo a
características especiales de la actividad a desarrollar, razones de
interés general y la consideración de los objetivos del presente Decreto.
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