Reglaméntase la Ley Nº 13.179 de 22 de octubre de 1963, que incluyó en
los beneficios jubilatorios de la Ley Nº 12.138 de 13 de octubre de 1954,
al personal de las Embajadas, Representaciones Diplomáticas Extranjeras y Consulados y de los Organismos Internacionales, con sede en el país.