HOTELES Y RESTAURANTES. TRIBUTOS. DECLARACIONES JURADAS




Promulgación: 11/05/1971
Publicación: 14/05/1971

Resumen:

Exonérase a los hoteles y restaurantes del impuesto a las ventas y servicios, se concede un plazo para la presentación de las declaraciones juradas y pago del impuesto a las entradas brutas y deróganse los Decretos Nos. 36/969, 569/970 artículo 2 inciso 2 y 667/970.
Derogada/o por: Decreto Nº 39/973 Derogada/o de 16/01/1973 artículo 52.

Artículo 3


		
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