FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS. AGOSTO 1997




Promulgación: 30/07/1997
Publicación: 08/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

Las tarifas de cada empresa a que se refieren los artículos 1º y
2º del presente Decreto, regirán a partir de la hora cero del primer día
calendario posterior a la fecha de su homologación por la Dirección
Nacional de Transporte.
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