PRORROGA REGIMEN DE RETENCION. EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD VIGILANCIA Y LIMPIEZA. AGENTES DE RETENCION DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DE IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO
VISTO: El Decreto Nº 194/000 de 5 de julio de 2000.
RESULTANDO: Que la referida norma estableció un régimen de retención de
los Impuestos al Valor Agregado y a las Rentas de la Industria y
Comercio, para las prestaciones de servicios de seguridad, vigilancia y
limpieza.
CONSIDERANDO: Conveniente dejar en suspenso el referido régimen hasta
tanto los sujetos intervinientes en dichas operaciones puedan realizar
las adecuaciones necesarias para su correcto funcionamiento.
ATENTO: A lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA