PRORROGA REGIMEN DE RETENCION. EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD VIGILANCIA Y LIMPIEZA. AGENTES DE RETENCION DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DE IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 31/08/2000
Publicación: 15/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 276
VISTO: El Decreto Nº 194/000 de 5 de julio de 2000.

RESULTANDO: Que la referida norma estableció un régimen de retención de
los Impuestos al Valor Agregado y a las Rentas de la Industria y
Comercio, para las prestaciones de servicios de seguridad, vigilancia y
limpieza.

CONSIDERANDO: Conveniente dejar en suspenso el referido régimen hasta
tanto los sujetos intervinientes en dichas operaciones puedan realizar
las adecuaciones necesarias para su correcto funcionamiento.

ATENTO: A lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 Suspéndese hasta el 30 de setiembre de 2000 inclusive, la vigencia del
régimen previsto en el Decreto Nº 194/000 de 5 de julio de 2000.

BATLLE - ALBERTO BENSION
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