FIJACION DE AUMENTO A LAS JUBILACIONES. AGOSTO 2005




Promulgación: 15/08/2005
Publicación: 19/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 472
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Con el objeto de determinar los ingresos de los integrantes del hogar
del beneficiario de este aumento adicional, aquel deberá presentar una
declaración jurada en donde se detalle pormenorizadamente todos los
ingresos que por cualquier naturaleza u origen perciban los integrantes
del mencionado hogar (sueldos, pasividades, rentas, alquileres,
honorarios, intereses bancarios, utilidades de sociedades, etc.). A los
efectos de confeccionar esta declaración jurada y su posterior prorrateo
entre los integrantes del hogar no serán considerados los ingresos por
percepción del Ingreso Ciudadano, las Asignaciones Familiares y el Seguro
por Desempleo cuando la causal que genera el mismo sea el despido del
trabajador.
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