AMPLIACION DE LA FACULTAD PREVISTA EN EL DECRETO 134/019, RELATIVO AL PAGO DE COMPENSACIONES ESPECIALES A DETERMINADOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 134/019, de 13 de mayo de 2019;
RESULTANDO: I) que el decreto referido, autoriza el pago de una compensación especial a los funcionarios presupuestados del entonces Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, exceptuándolos de lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;
II) que dicho decreto es aplicable al Ministerio de Ambiente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 40 in fine del Decreto N° 99/022, de 24 de marzo de 2022, por el cual se transfirieron los cargos y créditos correspondientes al personal de las entonces Unidades Ejecutoras 004 "Dirección Nacional de Medio Ambiente" y 005 "Dirección Nacional de Aguas", del Inciso 14 "Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial", al Inciso 36 "Ministerio de Ambiente";
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Ambiente fue creado por el artículo 291 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y, aunque por Decreto N° 315/023, de 24 de octubre de 2023, se aprobó el proyecto de reformulación de su estructura organizativa y de puestos de trabajo, todavía se encuentra pendiente la provisión de la totalidad de sus cargos y funciones;
II) que, en mérito a ello, se entiende necesario ampliar la facultad del Ministerio de Ambiente de otorgar compensaciones especiales a los funcionarios que desempeñan funciones en dicha Secretaría de Estado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 296, 297 y 299 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020 y el artículo 511 y siguientes de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Amplíase a los efectos de su aplicación por el Ministerio de Ambiente, la facultad prevista en el artículo 1° del Decreto N° 134/019, de 13 de mayo de 2019, para abonar mediante resolución fundada, compensaciones especiales a los funcionarios presupuestados que cumplen funciones en el Inciso 36 "Ministerio de Ambiente", en los términos previstos en el referido decreto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° in fine del Decreto N° 99/022, de 24 de marzo de 2022. (*)