Los envases introducidos en admisión temporaria deberán estar
estampados con la marca de fábrica que permita reconocer su fabricante y
origen, debiendo tener además cada lote, no menos de 5.000 unidades, su
propia identificación. Los importadores exigirán a los fabricantes del
exterior que confeccionen los envases de acuerdo a la Reglamentación
Técnica vigente en el Uruguay.