APROBACION DE REGLAMENTACION TECNICA DE ENVASES PARA FRUTAS CITRICAS




Promulgación: 09/05/1979
Publicación: 30/05/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1489

Artículo 12

    El tenedor de envases en admisión temporaria solicitará al LATU la
inspección de los mismos. Si se ajustaren a la Reglamentación Técnica en
vigencia, el LATU librará un certificado de calidad que los habilitará
para su uso, quedando igualmente sometidos a los controles dispuestos en
el artículo 5.o para los envases producidos por la industria nacional.
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