FIJACION DE COEFICIENTES PARA EL PAGO DE HABERES Y PARTIDAS COMPLEMENTARIAS A FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR EN FUNCION DE METAS, OBJETIVOS Y PLANES DE ACCION
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el artículo 235 de la Ley N° 16736 de 5 de enero de 1996, que dispone que las Partidas de Gastos de Etiqueta serán percibidas por las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares;
CONSIDERANDO: I) que el sistema vigente de determinación de las mencionadas partidas no responde a las actuales necesidades de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares;
II) que razones de equidad y buena administración hacen necesario dotar a la Administración de flexibilidad para determinar las asignaciones necesarias de esta partida para el correcto cumplimiento de las funciones a desempeñar;
III) la necesidad de pasar a un sistema de asignación y fijación de la misma, análogo al resto de las partidas de funcionamiento, atendiendo realidades objetivas, metas y acciones a realizar;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
A partir del 1° de enero de 2021, las Partidas de Gastos de Etiqueta se fijarán de forma análoga a las restantes partidas de funcionamiento de las Misiones Diplomáticas y Consulados Generales, teniendo en consideración las metas, objetivos y planes de acción que deban cumplir.
LACALLE POU LUIS - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE