FIJACION DE COEFICIENTES PARA EL PAGO DE HABERES Y PARTIDAS COMPLEMENTARIAS A FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR EN FUNCION DE METAS, OBJETIVOS Y PLANES DE ACCION




Promulgación: 18/09/2020
Publicación: 24/09/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el artículo 235 de la Ley N° 16736 de 5 de enero de 1996, que dispone que las Partidas de Gastos de Etiqueta serán percibidas por las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares;

   CONSIDERANDO: I) que el sistema vigente de determinación de las mencionadas partidas no responde a las actuales necesidades de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares;

   II) que razones de equidad y buena administración hacen necesario dotar a la Administración de flexibilidad para determinar las asignaciones necesarias de esta partida para el correcto cumplimiento de las funciones a desempeñar; 

   III) la necesidad de pasar a un sistema de asignación y fijación de la misma, análogo al resto de las partidas de funcionamiento, atendiendo realidades objetivas, metas y acciones a realizar; 

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   A partir del 1° de enero de 2021, las Partidas de Gastos de Etiqueta se fijarán de forma análoga a las restantes partidas de funcionamiento de las Misiones Diplomáticas y Consulados Generales, teniendo en consideración las metas, objetivos y planes de acción que deban cumplir.

   LACALLE POU LUIS - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE
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