REGLAMENTACION DE LA LEY 18.561. LEY DE ACOSO SEXUAL. PREVENCION Y SANCION EN EL AMBITO LABORAL Y EN LAS RELACIONES DOCENTE ALUMNO




Promulgación: 11/09/2017
Publicación: 20/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.561 de 11/09/2009.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV - DENUNCIA DE ACOSO SEXUAL

Artículo 14

   Para una valoración preliminar de la situación, la parte denunciante deberá indicar en la presentación de la denuncia:
   a) en que consisten los hechos y comportamientos que indicarían una situación de acoso sexual,
   b) identificar quien es el sujeto activo de los presuntos actos de acoso sexual.

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