FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 8 TRANSPORTE AEREO. SUBGRUPO EMPRESAS DE AEROAPLICACION AGRICOLAS




Promulgación: 26/05/1987
Publicación: 12/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente laudo y el 31 de enero de 1987, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de ventas, mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.
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