CONTRATACION DIRECTA. CERTIFICACION DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS. EXONERACION AL SODRE PARA FINALIZACION DE OBRAS DE LA SALA "DRA. ADELA RETA"
VISTO: la necesidad de concluir las obras del Complejo de Salas de
Espectáculos del SODRE "Dra. Adela Reta".
CONSIDERANDO: I) que se deben encarar las contrataciones en forma urgente
a efectos de cumplir con el cronograma de avance físico a efectos de una
rápida culminación de las obras del referido Complejo.
II) que a esos efectos deberá recurrirse a la contratación directa al
amparo de lo dispuesto por el literal i) numeral 3º, inciso 2º del
artículo 33 del TOCAF 1996.
III) que las contrataciones directas indispensables que se dispongan al
amparo de lo dispuesto por le literal i), numeral 3º, inciso 2º del
artículo 33 del TOCAF 1996, requieren la previa certificación del
Ministerio de Economía y Finanzas prevista en el artículo 738 de la Ley Nº
16.736, de 5 de enero de 1996, so pena de nulidad.
IV) que por las circunstancias internacionales que han afectado la
economía nacional por Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000, se dispuso que
el Ministerio de Economía y Finanzas no hará lugar a la certificación
mencionada en cuando no se cumpla que el monto de las compras directas que
se realicen por razones de urgencia no supere el 10% del crédito
presupuestal del Grupo de Gasto correspondiente, en cualquier fuente de
financiamiento.
V) que sin perjuicio de considerarse conveniente el mantenimiento de la
norma citada en el CONSIDERANDO IV del presente Decreto, es necesario
habilitar en el caso concreto y por vía de excepción, contrataciones
directas sin las condiciones que se establecen en el artículo 11 del
Decreto Nº 90/000.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 24 del artículo 168
de la Constitución de la República y los artículos 33, 74 del TOCAF 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Exonérase al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos", a los solos efectos de lo reseñado en los considerandos del
presente decreto, del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del
Decreto Nº 90/000, de 3 de marzo de 2000, para las contrataciones
necesarias que demande la finalización del Complejo de Salas de
Espectáculos del SODRE "Dra. Adela Reta".